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Con esta publicación daremos inicio a la serie de Cuadernos Jurídicos Badell & Grau, destinada a divulgar algunos estudios jurídicos que "hemos realizado en atención a ciertas actividades. Nos proponemos agregar periódicamente un Cuaderno a esta serie analizando los temas novedosos, o para actualizar otras materias según las nuevas tendencias, lo cual, en parte, hablamos venido realizando ya, a través de lo pagina Web http://www.badellgrau.com. Por ello, en algunos casos se tratará del análisis y comentarios tanto doctrinarios como jurisprudenciales, de leyes, y en otras, formulamos comentarios a un tema en particular.
La finalidad de la serie de cuadernos Jurídicos Badell & Grau, es contribuir con la divulgación del conocimiento jurídico, y las, opiniones que sobre temas de interés, tenga tanto nuestro despacho de Abogados como la doctrina y, sobre todo, nuestra jurisprudencia. Por supuesto, y teniendo en cuenta que principalmente nuestras actividades se desarrollan en el ámbito del Derecho Publico, a esa área precisamente, estará dirigida la atención de la serie de Cuadernos jurídicos sin descuidar temas de Derecho Civil y Mercantil, que tengan particular importancia jurídica, como es el caso, de
Hemos escogido para dar inicio a la serie de Cuadernos Jurídicos Badell & Grau, un breve análisis de la Ley de Arbitraje Comercial (LAC). Cuando la administración de justicia se encuentra en momento de crisis ya inaguantable, la LAC podría constituir un útil mecanismo para la solución de múltiples controversias, de forma segura y más cerca de los administrados.
El breve estudio que ofrecemos, se inicia con funciones generales de la institución, para luego referirse a los Tipos de arbitraje: el institucional, y el independiente (capitulo II). Así, en la nueva ley se permite que centros de arbitraje, se organicen para la resolución de conflictos de naturaleza mercantil a comercial. En este sentido, será fundamental el papel de las Cámaras de Comercio, o grupos de interés y demás organizaciones que reúnen a comerciantes y empresas, las cuales podrán dictar sus propios reglamentos, a los fines de establecer el procedimiento de arbitraje que estimen más conveniente.
En el arbitraje comercial, las partes podrán designar árbitros, quien conforme lo establecido en el acuerdo de arbitraje, y supletoriamente, según el procedimiento previsto en
Posteriormente (Capitulo III), se analiza el aspecto procesal del Arbitraje, y capitulo especial (IV) se reserva para formular comentarios acerca del laudo. En este sentido,
Luego (V), desarrollaremos el tema de los Árbitros, su inhibición, recusación, inhabilitación o muerte, así como (VI) Las obligaciones que correspondan a estos.
En este sentido, uno de los puntos más debatidos respecto
La incidencia de
En cuanto a las medidas preventivas,
Así, el presente Cuaderno persigue principalmente, analizar desde un punto de vista global las bondades y defectos de una Ley que, por su contenido, será de gran aplicación en un futuro próximo.