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Con ocasión a la promulgación de una nueva Ley de Protección al Consumidor y al Usuario que deroga
La protección al consumidor y al usuario es uno de los temas más relevantes en la ordenación jurídica del sistema económico venezolano. Esta actividad proteccionista del Estado, como parte que es de la policía administrativa, se justifica en la noción de interés público, pero a la vez es límite importante del ámbito de la libertad económica de los particulares.
En este sentido, la protección al consumidor se logra mediante la creación de un organismo de control, al que se encarga la administración de un sistema de sanciones, mediante la tipificación de infracciones administrativas que se consuman por la violación de las normas de relación destinadas a evitar conductas abusivas contra el consumidor; también, sin embargo, la protección al consumidor se logra mediante el fomento de la educación al consumidor y el diseño de un sistema de información que garantice sus derechos fundamentales.
La protección al consumidor como actividad de policía administrativa se empieza a concebir en nuestro país en el año 1947 mediante las normas destinadas a sancionar el acaparamiento y la especulación; sin embargo, no es sino hasta el año 1974, con la promulgación de
Esta Ley tenía por objeto la vigilancia y ejecución de medidas tendientes a la protección legal del consumidor así como a su educación e información. Es de hacer notar que este texto normativo ha sido modificado en diversas ocasiones hasta llegar a
Esta nueva Ley de Protección al Consumidor y el Usuario (LPCU) que persigue igualmente proteger a los consumidores y usuarios frente a la actividad de los distintos operadores económicos, fue promulgada por
De su texto se derivan diversas restricciones a la libertad económica, manifestadas a través de las potestades de ordenación y limitación ejercidas por el Instituto para
El objeto de este estudio es poner de manifiesto las líneas generales que gobiernan el régimen de la protección del consumidor y el usuario, analizando las cláusulas económicas de la Constitución de 1999, las instituciones fundamentales de LPCU, y refiriéndonos a dos campos muy específicos, en los cuales esas Leyes han demostrado tener, en la práctica, particularidades relevantes.