En sentencia N° 639 del 22 de octubre de 2025, la Sala de Casación Civil del TSJ aplicó el principio de notoriedad judicial para reconocer una sentencia de exequátur de divorcio que, aunque fue consignada en copia simple e impugnada, era conocida por el tribunal por haber sido dictada por el mismo Juzgado Superior. La Sala fundamentó su decisión en que los jueces pueden conocer de oficio los hechos y decisiones judiciales que se producen en el ámbito de su competencia, incluso mediante medios auxiliares como la página web del TSJ, sin necesidad de que estén formalmente incorporados al expediente, a fin de evitar contradicciones y buscar la verdad jurídica.

