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septiembre 9, 2024

Sala de Casación Social explicó el cálculo de las prestaciones sociales sobre los salarios devengados en bolívares y dólares

En sentencia Nro. 306 de fecha 26/07/24, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia conjunta, expuso el cálculo de prestaciones sociales de los trabajadores en caso de que el salario sea pagado en divisas o bolívares. La Sala explicó que “debido al efecto de la inflación y reconversión, para los salarios pagados en bolívares es más conveniente el cálculo de las prestaciones bajo la aplicación del sistema establecido en el artículo 142 literal “c” de la LOTTT”. Por otro lado, la Sala expuso que “con relación a los salarios pagados en divisas (dólares) será más conveniente hacer el cálculo con base al sistema establecido en el artículo 142 literal “a” y “b” de la LOTTT como Garantía de las Prestaciones Sociales, debido a que son 60 días por año más los días adicionales, en lugar de solo 30 días por año como lo establece en el artículo 142 literal “c” de la LOTTT”. De esta manera, hacer el cálculo por separado es determinante. Disponible en http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/julio/335854-306-26724-2024-22-154.HTML
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