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Jurisprudencia

Sala de Casación Civil estableció que las obligaciones en divisas deben constar en un instrumento físico para tener valor probatorio

By diciembre 26, 2025No Comments
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En Sentencia del 10 de diciembre de 2025, la Sala de Casación Civil estableció que el pacto de pago en divisas no puede demostrarse únicamente mediante testimonios, ya que dicha obligación «…debe constar en un instrumento físico, que sea el que de certeza a la obligación…«. La Sala determinó que se configura una errónea aplicación de la ley cuando el juzgador da por probada una deuda en divisas basándose en declaraciones de testigos, incurriendo en el vicio de suposición de instancia al no existir el «…documento fundamental que acredite dicho acuerdo…«, vulnerando así la seguridad jurídica que exige un soporte documental para garantizar «…la precisión de los montos adeudados y la verdadera voluntad de las partes…«. En consecuencia, la Sala declaró con lugar el recurso de casación y nulo el fallo recurrido, al considerar improcedente la acreditación de este tipo de acreencias sin el respaldo de un instrumento físico respectivo.

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