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Jurisprudencia

Sala Plena estableció que la declinatoria por cuantía supone la aceptación implícita de la competencia material

By diciembre 26, 2025No Comments
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En Sentencia del 27 de noviembre de 2025, la Sala Plena determinó que cuando un juzgado declina el conocimiento de un asunto por motivos de cuantía, está reconociendo de forma tácita su competencia por la materia, ya que “…el examen de la cuantía de la demanda es un presupuesto procesal que solo debe analizarse una vez afirmada la competencia por la materia…”. La Sala señaló que permitir que un tribunal decline por cuantía y que el receptor luego cuestione la materia genera conflictos innecesarios, pues “…la declinatoria por falta de cuantía conlleva la aceptación implícita de la competencia por la materia del tribunal declinante…”. En este sentido, se estableció que el acto de inhibirse de conocer por el valor de la pretensión “…fija la competencia material en la jurisdicción donde se suscitó la declinatoria…”, por lo que el tribunal que recibe la causa no puede proponer un conflicto por materia contra quien ya admitió implícitamente tenerla. En consecuencia, la Sala declaró la competencia del tribunal correspondiente para salvaguardar la celeridad procesal y el derecho a la tutela judicial efectiva.

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