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Jurisprudencia

Sala de Casación Social del TSJ estableció que la admisión de hechos no opera para los conceptos exorbitantes

By septiembre 30, 2025No Comments
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En sentencia N° 371 del 13 de agosto de 2025, la Sala de Casación Social anuló decisión de un Juzgado Superior que había condenado a la entidad de trabajo a pagar conceptos laborales “exorbitantes” en moneda extranjera basándose en la admisión de hechos por incomparecencia del demandado. La Sala consideró que, aunque la incomparecencia presume la admisión de los hechos alegados por el demandante, esta presunción no opera cuando se trata de conceptos extraordinarios o que exceden los límites legales, como un salario pactado en divisas. La Sala estableció que la carga de la prueba recae sobre el trabajador, quien debe demostrar que efectivamente percibió ese tipo de remuneración.

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