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Jurisprudencia

Sala de Casación Social del TSJ estableció que los viáticos no sujetos a rendición de cuentas son considerados como salario

By septiembre 5, 2025No Comments
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En sentencia Nº 355 de 13 de agosto de 2025, la Sala de Casación Social estableció que los viáticos no sujetos a rendición de cuentas, que se perciben de manera regular y permanente y de los cuales el trabajador puede disponer libremente, son considerados parte del salario normal y deben integrar la base de cálculo de las prestaciones sociales y demás beneficios laborales.

La Sala destacó que, cuando estos viáticos se pagan en una moneda extranjera, la conversión a bolívares para efectos de cálculo laboral debe realizarse usando la tasa de cambio oficial del BCV vigente en la fecha de cada pago individual, abandonando la práctica anterior de usar la tasa del día del despido.

Ver sentencia

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