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Jurisprudencia

Sala de Casación Civil ratificó que el incumplimiento del contrato de opción de compra-venta da lugar a la ejecución de la cláusula penal

By mayo 14, 2026No Comments
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Mediante sentencia número 283 de fecha 24 de abril de 2026, la Sala de Casación Civil declaró que el incumplimiento de las obligaciones derivadas de un contrato de opción de compra-venta faculta a la parte cumplidora a exigir la resolución del contrato y la ejecución de la cláusula penal pactada, sin que ello constituya un enriquecimiento sin causa.

En la sentencia comentada, que resolvió un recurso de casación, la Sala expuso que cuando las partes estipulan libremente una cláusula penal como estimación anticipada de los daños y perjuicios por el incumplimiento, esta adquiere fuerza de ley entre las partes de conformidad con el artículo 1.159 del Código Civil: «en este sentido, la Sala ha reiterado que la cláusula penal tiene una función coercitiva y resarcitoria, por lo cual, al verificarse el incumplimiento culposo de la opción de compra, la pena estipulada es exigible de pleno derecho, debiendo los jueces de instancia verificar únicamente la existencia del contrato y la falta del obligado para declarar su procedencia».

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