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Jurisprudencia

Sala de Casación Civil ratificó que el lapso para ejercer el reclamo contra la experticia complementaria del fallo es de 5 días de despacho

By agosto 15, 2022marzo 27th, 2024No Comments
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Mediante sentencia N° 297 del 05/08/2022, la Sala de Casación Civil estableció que el lapso para ejercer el reclamo contra la experticia complementaria del fallo es de cinco (5) días de despacho, idéntico al lapso para la apelación, toda vez que el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil señala que la experticia se tendrá como complemento del fallo ejecutoriado.

En ese sentido, la Sala de Casación Civil se refirió al criterio establecido por la Sala Constitucional mediante sentencia N° 747, del 30 de abril de 2004, en la que se estableció:

“…que el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil establece la posibilidad de que la parte formule reclamo respecto de la experticia complementaria del fallo, cuando la misma esté fuera de los límites del fallo o sea inaceptable la estimación por excesiva o por mínima.

Ahora bien, dicha norma no preceptúa la oportunidad para que se formule el reclamo respecto de la experticia complementaria del fallo. La sentencia objeto de consulta consideró que el lapso para el reclamo era el mismo de cinco (5) días de despacho para la apelación (Artículo 298 eiusdem). La Sala comparte esta apreciación, toda vez que el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil señala que la experticia ‘se tendrá como complemento del fallo ejecutoriado…”.

La Sala de Casación Civil concluyó que “contra la decisión que decide el reclamo del informe de los expertos, si la parte no está conforme podrá apelar, y dicha apelación será oída en ambos efectos y se tramitará de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil”.

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