En sentencia del 19/08/2026 (caso N° 25-1023), la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito estableció el criterio según el cual la parte que decide deliberadamente no pagar las tasas de un arbitraje, pese a las reiteradas advertencias de la institución arbitral sobre el cierre de los casos, renuncia a su derecho a arbitrar. Por ello queda en mora conforme a la sección 3 de la Ley Federal de Arbitraje y no puede obtener que la controversia se remita al arbitraje. La Corte aplicó el estándar fijado por la Corte Suprema en Morgan v. Sundance (2022), que define la renuncia como el abandono intencional de un derecho conocido.
Este caso versaba sobre un grupo de pequeños comercios que demandaron a American Express ante el Tribunal de Distrito de Rhode Island. La demanda se presentó después de que la Asociación Americana de Arbitraje cerrara administrativamente 5.155 arbitrajes iniciados contra la empresa, porque esta se negó a pagar su parte de las tasas alegando que correspondía una tarifa menor. American Express pidió suspender el juicio y remitir la controversia al mismo arbitraje que había dejado de costear. El Tribunal de Distrito negó la solicitud al considerar que la empresa había incurrido en mora y renunciado a su derecho a arbitrar.
La Corte determinó que, por tratarse de una conducta vinculada con el propio litigio, correspondía al juez, y no a un árbitro, pronunciarse sobre la renuncia. Además, constató que American Express sabía que los casos se cerrarían si no pagaba y que su conducta era incompatible con la intención de arbitrar. En consecuencia, confirmó la decisión del Tribunal de Distrito y reafirmó que el derecho a arbitrar puede perderse por la propia conducta de su titular.
Disponible en: https://law.justia.com/cases/federal/appellate-courts/ca1/25-1023/25-1023-2026-08-19.html

