Mediante Decreto N° 2.718, publicado en Gaceta Oficial Nro. 41.090 del 7 de febrero de 2017, el Ejecutivo Nacional creó la ¨Misión Justicia Socialista¨ (en lo sucesivo ¨La Misión¨), la cual, de conformidad con el artículo 1 del Decreto, tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y naturaleza fundacional.
Adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, La Misión tendrá su domicilio en la ciudad de Caracas, pudiendo establecer oficinas y dependencias dentro y fuera del territorio de la República, previa autorización del Consejo Nacional Estratégico.
La Misión, con el objeto de ¨promover y fortalecer la participación popular en el proceso de transformación socio-jurídica nacional para la consolidación de la justicia social y comunal (…)¨, tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
1. Promover la garantía del acceso a servicios profesionales en el campo jurídico, mediante la red primaria de atención jurídica gratuita a los distintos sectores de la sociedad.
2. Contribuir en la consolidación y expansión del Poder Popular y la democracia socialista.
3. Apoyar los procesos de constitución y fortalecimiento de los espacios de organización como lo son los consejos comunales y las comunas.
4. Impulsar la Justicia de Paz Comunal.
5. Promover la observación y contraloría social del Sistema de Justicia.
6. Coadyuvar con los entes públicos y organizaciones populares en la lucha contra la guerra económica.
7. Promover la transformación de la ética profesional del abogado que supere la mercantilización capitalista.
8. Ampliar los procesos de formación y socialización de la información en el campo socio-jurídico.
La Misión en su estructura contará con:
1. El Consejo Nacional Estratégico, como máxima autoridad de La Misión, estará conformado por dos representantes del TSJ, un representante de la Escuela Nacional de la Magistratura, un representante del MPP para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y un representante del MPP para las Comunas y los Movimientos Sociales.
2. Los Núcleos de Investigación-Acción, que, con el propósito de impulsar la ¨red primaria de atención socio jurídica¨, estarán conformados por el voluntariado de la Misión, activistas comunitarios, docentes y estudiantes del Programa de Formación en Estudios Jurídicos y otras áreas vinculadas de la Universidad Bolivariana de Venezuela, estudiantes y profesionales.
3. Las Coordinaciones Estratégicas Regionales.
4. Demás Unidades que sean necesarias para su funcionamiento.
La ejecución de este Decreto quedará a cargo del Rector de la Universidad Bolivariana de Venezuela, los Ministros del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para la Economía y Finanzas (artículo 11 del Decreto). Asimismo, los órganos y entes públicos colaborarán para el cumplimiento del objeto de La Misión (artículo 10 del Decreto).
Por último, el Decreto exhorta también a las personas naturales y jurídicas a prestar la colaboración necesaria para el cumplimiento de lo previsto en el mismo (artículo 10 del Decreto).
El Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
PUBLICACIÓN RECIENTE
Mediante Decreto N° 2.718, publicado en Gaceta Oficial Nro. 41.090 del 7 de febrero de 2017, el Ejecutivo Nacional creó la ¨Misión Justicia Socialista¨ (en lo sucesivo ¨La Misión¨), la cual, de conformidad con el artículo 1 del Decreto, tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y naturaleza fundacional.
Adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, La Misión tendrá su domicilio en la ciudad de Caracas, pudiendo establecer oficinas y dependencias dentro y fuera del territorio de la República, previa autorización del Consejo Nacional Estratégico.
La Misión, con el objeto de ¨promover y fortalecer la participación popular en el proceso de transformación socio-jurídica nacional para la consolidación de la justicia social y comunal (…)¨, tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
1. Promover la garantía del acceso a servicios profesionales en el campo jurídico, mediante la red primaria de atención jurídica gratuita a los distintos sectores de la sociedad.
2. Contribuir en la consolidación y expansión del Poder Popular y la democracia socialista.
3. Apoyar los procesos de constitución y fortalecimiento de los espacios de organización como lo son los consejos comunales y las comunas.
4. Impulsar la Justicia de Paz Comunal.
Mediante Decreto N° 2.718, publicado en Gaceta Oficial Nro. 41.090 del 7 de febrero de 2017, el Ejecutivo Nacional creó la ¨Misión Justicia Socialista¨ (en lo sucesivo ¨La Misión¨), la cual, de conformidad con el artículo 1 del Decreto, tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y naturaleza fundacional.
Adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, La Misión tendrá su domicilio en la ciudad de Caracas, pudiendo establecer oficinas y dependencias dentro y fuera del territorio de la República, previa autorización del Consejo Nacional Estratégico.
La Misión, con el objeto de ¨promover y fortalecer la participación popular en el proceso de transformación socio-jurídica nacional para la consolidación de la justicia social y comunal (…)¨, tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
1. Promover la garantía del acceso a servicios profesionales en el campo jurídico, mediante la red primaria de atención jurídica gratuita a los distintos sectores de la sociedad.
2. Contribuir en la consolidación y expansión del Poder Popular y la democracia socialista.
3. Apoyar los procesos de constitución y fortalecimiento de los espacios de organización como lo son los consejos comunales y las comunas.
4. Impulsar la Justicia de Paz Comunal.
5. Promover la observación y contraloría social del Sistema de Justicia.
6. Coadyuvar con los entes públicos y organizaciones populares en la lucha contra la guerra económica.
7. Promover la transformación de la ética profesional del abogado que supere la mercantilización capitalista.
8. Ampliar los procesos de formación y socialización de la información en el campo socio-jurídico.
La Misión en su estructura contará con:
1. El Consejo Nacional Estratégico, como máxima autoridad de La Misión, estará conformado por dos representantes del TSJ, un representante de la Escuela Nacional de la Magistratura, un representante del MPP para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y un representante del MPP para las Comunas y los Movimientos Sociales.
2. Los Núcleos de Investigación-Acción, que, con el propósito de impulsar la ¨red primaria de atención socio jurídica¨, estarán conformados por el voluntariado de la Misión, activistas comunitarios, docentes y estudiantes del Programa de Formación en Estudios Jurídicos y otras áreas vinculadas de la Universidad Bolivariana de Venezuela, estudiantes y profesionales.
3. Las Coordinaciones Estratégicas Regionales.
4. Demás Unidades que sean necesarias para su funcionamiento.
La ejecución de este Decreto quedará a cargo del Rector de la Universidad Bolivariana de Venezuela, los Ministros del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para la Economía y Finanzas (artículo 11 del Decreto). Asimismo, los órganos y entes públicos colaborarán para el cumplimiento del objeto de La Misión (artículo 10 del Decreto).
Por último, el Decreto exhorta también a las personas naturales y jurídicas a prestar la colaboración necesaria para el cumplimiento de lo previsto en el mismo (artículo 10 del Decreto).
El Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.