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Actividad AdministrativaLegislación

Asamblea Nacional Constituyente promulgó “Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria”.

By junio 25, 2021febrero 15th, 2024No Comments
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En Gaceta Oficial N° 41.305 de fecha 21 de diciembre de 2017 se publicó la «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria», dictada por la Asamblea Nacional Constituyente, a los fines de que esa UT sea utilizada en todo el territorio nacional para el cálculo de las multas y sanciones determinadas en las leyes con ese factor de actualización.                        

De conformidad con el artículo 3° de esa Ley, la autoridad competente para determinar el valor anual de la Unidad Tributaria Sancionatoria será el Ejecutivo Nacional y podrá reajustarlo dentro de los tres primeros días del mes de febrero de cada año.

A tales efectos  la nueva Unidad Tributaria Sancionatoria, que será implementada en todo el territorio nacional, tendrá un valor establecido con base en la variación que produzca el índice de Precio al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas, en el año inmediatamente anterior.  

La «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria»,  entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, es decir el 21 de diciembre de 2017.

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En Gaceta Oficial N° 41.305 de fecha 21 de diciembre de 2017 se publicó la «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria», dictada por la Asamblea Nacional Constituyente, a los fines de que esa UT sea utilizada en todo el territorio nacional para el cálculo de las multas y sanciones determinadas en las leyes con ese factor de actualización.

De conformidad con el artículo 3° de esa Ley, la autoridad competente para determinar el valor anual de la Unidad Tributaria Sancionatoria será el Ejecutivo Nacional y podrá reajustarlo dentro de los tres primeros días del mes de febrero de cada año.

A tales efectos  la nueva Unidad Tributaria Sancionatoria, que será implementada en todo el territorio nacional, tendrá un valor establecido con base en la variación que produzca el índice de Precio al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas, en el año inmediatamente anterior.

La «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria»,  entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, es decir el 21 de diciembre de 2017.

En Gaceta Oficial N° 41.305 de fecha 21 de diciembre de 2017 se publicó la «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria», dictada por la Asamblea Nacional Constituyente, a los fines de que esa UT sea utilizada en todo el territorio nacional para el cálculo de las multas y sanciones determinadas en las leyes con ese factor de actualización.

De conformidad con el artículo 3° de esa Ley, la autoridad competente para determinar el valor anual de la Unidad Tributaria Sancionatoria será el Ejecutivo Nacional y podrá reajustarlo dentro de los tres primeros días del mes de febrero de cada año.

A tales efectos  la nueva Unidad Tributaria Sancionatoria, que será implementada en todo el territorio nacional, tendrá un valor establecido con base en la variación que produzca el índice de Precio al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas, en el año inmediatamente anterior.

La «Ley Constitucional sobre la creación de la Unidad Tributaria Sancionatoria»,  entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, es decir el 21 de diciembre de 2017.

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