En sentencia N° 482 del 14 de abril de 2026, la Sala Constitucional declaró con lugar la revisión de un fallo (sentencia N° RC-000008) dictado por la Sala de Casación Civil, al considerar que la decisión recurrida incurrió en un error de juzgamiento al omitir el análisis integral de las actuaciones procesales y no verificar el cumplimiento estricto de los presupuestos doctrinarios que justifican el avocamiento en la segunda fase.
La Sala fundamentó su fallo en la protección del debido proceso y la tutela judicial efectiva, señalando que el avocamiento es una medida excepcional que requiere una fundamentación exhaustiva. En este caso, la Sala consideró que la Sala de Casación Civil no evaluó correctamente si existían las graves irregularidades o el desorden procesal exigidos para extraer la causa de su juez natural. Al anular el fallo, la Sala Constitucional reafirmó que la seguridad jurídica depende de que los órganos jurisdiccionales no excedan sus facultades excepcionales sin un soporte probatorio y jurídico pleno, ordenando en consecuencia un nuevo pronunciamiento que se ajuste a los principios de derecho procesal constitucional.

