En sentencia Nº 1181 del 23 de julio de 2025, la Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, estableció que la muerte del representante legal no extingue el poder otorgado por una persona jurídica. La Sala declaró nula sentencia de la Sala de Casación Social que había invalidado un poder judicial otorgado por el presidente de la sociedad mercantil, argumentando la extinción por el fallecimiento del otorgante.
La Sala destacó que al tratarse de una persona jurídica el poder conferido en su nombre permanece vigente, pues la muerte del representante legal no afecta la validez del mandato, garantizando así el derecho de acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva de la empresa.

