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Jurisprudencia

Sala de Casación Civil estableció que el concubinato es una situación fáctica que requiere de declaración judicial

By abril 29, 2024No Comments
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En la sentencia Nro. 161 del 4 de abril de 2024, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado Henry José Timaure Tapia, estableció que la unión estable de hecho o el concubinato, es una situación fáctica que requiere de una declaración judicial que la califique como tal.

Así en sentencia Nro. 396 de fecha 17 de julio de 2023, esa Sala definió al concubinato como “una relación monogamia entre un hombre y una mujer, que no tengan impedimentos para contraer matrimonio, de cuya unión deben de revestir caracteres de permanencia, responsabilidad, destinada a integrar una familia y en cuya unión se comprenden los deberes de cohabitación, socorro y respeto recíprocos, todo realizado dentro de la apariencia externa de una unión semejante a la del matrimonio.”.

De lo anteriormente expuesto, la Sala destacó que para que sea reconocida por vía judicial una relación concubinaria, es menester que se cumplan los siguientes requisitos: “a) La existencia de una unión de hecho entre dos personas solteras de diferente sexo; b) Que dicha unión sea pública y notoria, debiendo ser reconocidos los mismos como marido y mujer ante la sociedad; y c) Que esta unión debe ser estable, permanente y no casual, es decir que la misma debe ser concebida como matrimonial, sin la formalidad de su celebración como tal.”.

Disponible enhttp://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/abril/333323-000161-4424-2024-23-478.HTML

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