Skip to main content
Derecho AdministrativoJurisprudencia

Valor probatorio de documento administrativo a la constancia de residencia emitida por los Consejos Comunales

By junio 21, 2021febrero 15th, 2024No Comments
Guardar o Imprimir

Escrito por: Rafael Badell Madrid

Valor probatorio de documento administrativo a la constancia de residencia emitida por los Consejos Comunales

Mediante sentencia de fecha 11 de febrero de 2021, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró el valor probatorio de documento administrativo a las constancias de residencia de los consejos comunales.

En dicha decisión, dictada por la magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, se indicó que “(…) los consejos comunales se constituyen como organizaciones mediante las cuales los ciudadanos y ciudadanas se integran y bajo esta modalidad ejercen el derecho constitucional a la participación en los asuntos públicos, en los términos precedentemente referidos, dichas entidades se encuentran sujetas al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa cuando actúan en función administrativa, siendo una de las formas en que esta se materializa la emisión de los llamados actos administrativos”.

Asimismo, indicó que “los consejos comunales tienen atribuida legalmente la competencia para expedir constancias de residencia, es decir, emitir declaraciones de conocimiento que acrediten la dirección habitual y permanente de sus habitantes en los límites del ámbito geográfico de cada comunidad, y como tales deben reputarse como actos administrativos”.

En consecuencia, en virtud del carácter legal y constitucional de los consejos comunales, así como de las competencias atribuidas por la Ley especial, “resulta forzoso para esta Máxima Instancia conceder valor probatorio de documento administrativo a las referidas constancias de residencia cursantes en autos y, por tanto, se establece como ciertas las direcciones de residencia tanto del demandante como de su apoderado judicial señaladas en dichas documentales, y que las mismas se encuentran ubicadas a una distancia considerable de la sede principal de este Tribunal Supremo de Justicia”.

Disponible en

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/febrero/311303-00003-11221-2021-2017-0750.HTML

PUBLICACIÓN RECIENTE

Mediante sentencia de fecha 11 de febrero de 2021, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró el valor probatorio de documento administrativo a las constancias de residencia de los consejos comunales.

En dicha decisión, dictada por la magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, se indicó que “(…) los consejos comunales se constituyen como organizaciones mediante las cuales los ciudadanos y ciudadanas se integran y bajo esta modalidad ejercen el derecho constitucional a la participación en los asuntos públicos, en los términos precedentemente referidos, dichas entidades se encuentran sujetas al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa cuando actúan en función administrativa, siendo una de las formas en que esta se materializa la emisión de los llamados actos administrativos”.

Mediante sentencia de fecha 11 de febrero de 2021, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró el valor probatorio de documento administrativo a las constancias de residencia de los consejos comunales.

En dicha decisión, dictada por la magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, se indicó que “(…) los consejos comunales se constituyen como organizaciones mediante las cuales los ciudadanos y ciudadanas se integran y bajo esta modalidad ejercen el derecho constitucional a la participación en los asuntos públicos, en los términos precedentemente referidos, dichas entidades se encuentran sujetas al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa cuando actúan en función administrativa, siendo una de las formas en que esta se materializa la emisión de los llamados actos administrativos”.

Asimismo, indicó que “los consejos comunales tienen atribuida legalmente la competencia para expedir constancias de residencia, es decir, emitir declaraciones de conocimiento que acrediten la dirección habitual y permanente de sus habitantes en los límites del ámbito geográfico de cada comunidad, y como tales deben reputarse como actos administrativos”.

En consecuencia, en virtud del carácter legal y constitucional de los consejos comunales, así como de las competencias atribuidas por la Ley especial, “resulta forzoso para esta Máxima Instancia conceder valor probatorio de documento administrativo a las referidas constancias de residencia cursantes en autos y, por tanto, se establece como ciertas las direcciones de residencia tanto del demandante como de su apoderado judicial señaladas en dichas documentales, y que las mismas se encuentran ubicadas a una distancia considerable de la sede principal de este Tribunal Supremo de Justicia”.

Disponible en

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/febrero/311303-00003-11221-2021-2017-0750.HTML

Suscríbete a nuestro reporte legal.

Guardar o Imprimir