En sentencia del 05 de diciembre de 2024, la Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucional el Artículo 541 del Código Orgánico Integral Penal, por ir en contra de los artículos 76 numeral 2 y 77 numeral 9, que se refieren a la caducidad de la prisión preventiva.
La Corte declaró: “la constitucionalidad condicionada de la norma elevada a consulta tras identificar la existencia de una laguna estructural a partir de la cual se produciría una aplicación contraria a los artículos 76 numeral 2 y 77 numeral 9 de la Constitución”. La Corte ordenó: “colmar la laguna identificada en estricto apego a la Constitución y los criterios desarrollados en esta sentencia”.