En sentencia del 24 de junio de 2025, la Corte Suprema de Chile estableció que los trabajadores pueden interponer una acción por despido indirecto cuando el empleador no cancela sus cotizaciones previsionales, aun si la relación laboral fue previamente reconocida por sentencia judicial.
La Corte precisó que el no pago de cotizaciones constituye una vulneración grave de los derechos del trabajador, independientemente de que un tribunal haya declarado previamente la existencia del vínculo laboral.