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Jurisprudencia

La Sala Constitucional explicó que no se puede retrotraer el proceso por “formalismos” o “reposiciones inútiles”

By enero 3, 2025No Comments
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En sentencia Nro. 942 del 20/11/2024 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Michel Adriana Velásquez Grillet explicó que el proceso, al ser una sucesión de actos, tiene naturaleza formal, sin embargo, su existencia se justifica sólo en cuanto esa forma permita resolver adecuadamente el fondo, por lo que no se puede sacrificar su eficacia por formalismos o reposiciones sin utilidad.

La Sala especificó que “la justicia no puede ser sacrificada por “formalidades no esenciales”, “formalismos” o “reposiciones inútiles”. Además, ratificó que: “con el proceso se asegura el derecho a la defensa que tiene reconocido la Constitución a toda persona en Venezuela, pero siempre que consista en una sucesión de actuaciones en la que no se dé prevalencia a la forma, sino a su utilidad”.

Disponible en

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/noviembre/339219-0942-201124-2024-24-0740.HTML

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