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Legislación

Resolución del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda que establece la valorización de las viviendas.

By marzo 14, 2016febrero 15th, 2024No Comments
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Escrito por: Rafael Badell Madrid

Mediante Resolución N° 046, publicada en Gaceta Oficial N° 40.868 del 14 de marzo de 2016 dictada por el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, se establecieron los parámetros para la distribución del veinticinco por ciento (25%) de la cartera hipotecaria obligatoria, destinado a créditos a corto plazo para la construcción de viviendas, que deberán cumplir las instituciones del sector bancario, de acuerdo a los montos y tipología establecidos por el Programa 0800-MIHOGAR. (Artículo 1)

En este sentido, respecto de  las viviendas que tengan un área neta máxima de hasta ochenta metros cuadrados (80mts2) de superficie por vivienda, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento, se establecieron los siguientes parámetros:

Viviendas unifamiliares, con un costo de construcción hasta cuarenta y nueve mil      seiscientos veintisiete bolívares con cincuenta y nueve céntimos (Bsf. 49.627,59) por metro cuadrado.

Viviendas tetra familiares, con un costo de construcción hasta cuarenta y siete mil bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bsf. 47.856,88) por metro cuadrado.

Viviendas multifamiliares entre 3 y 5 pisos, con un costo de construcción hasta cincuenta y nueve mil trescientos cincuenta y cuatro bolívares con cincuenta y nueve céntimos (Bsf. 59.354,59) por metro cuadrado.

Viviendas multifamiliares con 6 o más pisos, con un costo de construcción hasta sesenta y cuatro mil novecientos sesenta bolívares sin céntimos (Bsf. 64.960,00) por metro cuadrado. (Artículo 2).

PUBLICACIÓN RECIENTE

Mediante Resolución N° 046, publicada en Gaceta Oficial N° 40.868 del 14 de marzo de 2016 dictada por el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, se establecieron los parámetros para la distribución del veinticinco por ciento (25%) de la cartera hipotecaria obligatoria, destinado a créditos a corto plazo para la construcción de viviendas, que deberán cumplir las instituciones del sector bancario, de acuerdo a los montos y tipología establecidos por el Programa 0800-MIHOGAR. (Artículo 1)

En este sentido, respecto de  las viviendas que tengan un área neta máxima de hasta ochenta metros cuadrados (80mts2) de superficie por vivienda, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento, se establecieron los siguientes parámetros:

Viviendas unifamiliares, con un costo de construcción hasta cuarenta y nueve mil      seiscientos veintisiete bolívares con cincuenta y nueve céntimos (Bsf. 49.627,59) por metro cuadrado.

Viviendas tetra familiares, con un costo de construcción hasta cuarenta y siete mil bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bsf. 47.856,88) por metro cuadrado.

Viviendas multifamiliares entre 3 y 5 pisos, con un costo de construcción hasta cincuenta y nueve mil trescientos cincuenta y cuatro bolívares con cincuenta y nueve céntimos (Bsf. 59.354,59) por metro cuadrado.

Viviendas multifamiliares con 6 o más pisos, con un costo de construcción hasta sesenta y cuatro mil novecientos sesenta bolívares sin céntimos (Bsf. 64.960,00) por metro cuadrado. (Artículo 2).

Mediante Resolución N° 046, publicada en Gaceta Oficial N° 40.868 del 14 de marzo de 2016 dictada por el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, se establecieron los parámetros para la distribución del veinticinco por ciento (25%) de la cartera hipotecaria obligatoria, destinado a créditos a corto plazo para la construcción de viviendas, que deberán cumplir las instituciones del sector bancario, de acuerdo a los montos y tipología establecidos por el Programa 0800-MIHOGAR. (Artículo 1)

En este sentido, respecto de  las viviendas que tengan un área neta máxima de hasta ochenta metros cuadrados (80mts2) de superficie por vivienda, incluyendo terreno, urbanismo, áreas comunes y equipamiento, se establecieron los siguientes parámetros:

Viviendas unifamiliares, con un costo de construcción hasta cuarenta y nueve mil      seiscientos veintisiete bolívares con cincuenta y nueve céntimos (Bsf. 49.627,59) por metro cuadrado.

Viviendas tetra familiares, con un costo de construcción hasta cuarenta y siete mil bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bsf. 47.856,88) por metro cuadrado.

Viviendas multifamiliares entre 3 y 5 pisos, con un costo de construcción hasta cincuenta y nueve mil trescientos cincuenta y cuatro bolívares con cincuenta y nueve céntimos (Bsf. 59.354,59) por metro cuadrado.

Viviendas multifamiliares con 6 o más pisos, con un costo de construcción hasta sesenta y cuatro mil novecientos sesenta bolívares sin céntimos (Bsf. 64.960,00) por metro cuadrado. (Artículo 2).

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