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Jurisprudencia

Sala de Casación Civil estableció procedimiento previo contra desalojo comercial con base en la normativa de la pandemia

By junio 14, 2024No Comments
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En la sentencia Nro. 92 del 1 de marzo de 2024, la Sala de Casación Civil de Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Carmen Eneida Alves Navas, estableció que no existe procedimiento administrativo previo para desalojo de locales comerciales, con la única excepción del procedimiento especial establecido con motivo de la pandemia del Covid-19.

La Sala de Casación Civil expuso que la Sala Constitucional asentó que, en materia de arrendamiento de vivienda, así como en inmuebles de uso comercial, toda decisión que ha de dictarse debe hacerse atendiendo al Decreto Presidencial N° 4.160, mientras persistan las circunstancias que dieron origen al Estado de Alarma decretado, con el cual buscaba aliviar la situación económica de los arrendatarios y arrendatarias por efecto de la pandemia mundial del coronavirus COVID-19. En tal sentido, tal suspensión se extendió hasta la expiración del último Decreto N° 4.577”.

En ese sentido, el procedimiento previo sólo aplica a los contratos de arrendamiento de locales comerciales vigentes al 13 de marzo de 2020, y que hayan sido afectados por la pandemia por COVID-19.

Disponible en

http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/marzo/332889-000092-1324-2024-23-733.HTML

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