Skip to main content
Jurisprudencia

Sala de Casación Civil estableció que la venta de acciones de una empresa no requiere ser registrada para que produzca efectos jurídicos 

By mayo 17, 2024No Comments
Guardar o Imprimir

En la sentencia Nro. 0484 del 28 de julio de 2023, la Sala Casación Civil de Justicia del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado de Henry José Timaure Tapia, ratificó que la venta de acciones convenidas en la Asamblea General de accionistas no requiere ser registrada en el Registro Mercantil para que surta efectos jurídicos, basta con su asiento en el respectivo libro de accionistas de la empresa. 

En ese sentido, la Sala determinó que la venta de las acciones contenida en el acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de una sociedad mercantil “no requiere ser registrada para que produzca efectos jurídicos erga omnes, dado que basta con su asiento en el respectivo libro de accionistas de la empresa, y tal inscripción trae como consecuencia que el cesionario adquiere la cualidad de accionista frente a la sociedad y frente a los terceros.” 

Disponible en historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/julio/327483-000484-28723-2023-22-284.HTML  

Guardar o Imprimir